Recargos por declaraciones complementarias

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Recargos por declaraciones complementarias

Mensaje por Link »

Es muy habitual entre las personas que han comenzado a ponerse al día en sus obligaciones fiscales relacionadas con criptomonedas tener cuentas pendientes sobre ellas con Hacienda.

Ya sea porque no presentamos ninguna declaración o porque si la presentamos, pero sin añadir la parte relacionada con criptomonedas, para cumplir con nuestras obligaciones y ponerlos al día deberemos realizar una declaración complementaria.



RECARGOS
Por desgracia, presentar una declaración complementaria tiene consecuencias y es que, nos van a imponer un recargo sobre los importes que nos tocarían pagar. En concreto:
  • Recargo de un 1% por cada mes completo de retraso dentro de los primeros 12 meses
  • Recargo de un 15% si superase 12 meses completos de retraso + intereses de demora (consultar al banco de España para conocerlos según el lapso temporal).
Para el cálculo, el plazo comenzará a contar al día siguiente de la finalización del plazo voluntario, estos recargos se aplicarán sobre el importe pendiente de la autoliquidación.

Todo lo anterior, sería aplicable siempre y cuando, se procediera de manera voluntaria y, por tanto, sin haber sido sancionado.


 
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kendo
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Registrado: 04 Mar 2022, 13:26

Re: Recargos por declaraciones complementarias

Mensaje por kendo »

Buenos días,
Voy a comentar un ejemplo que me ha ocurrido, por si a alguien le puede resultar de ayuda.

Después de unos años esperando para regularizar situaciones fiscales con cripto, puede pasar que , habiendo presentado declaraciones en años anteriores , en ellas no se hayan introducido los conceptos relativos a las mismas.

Un escenario que puede ocurrir es que, una vez intentemos crear una declaración complementaria de un ejercicio anterior ya presentado, al introducir las cantidades correspondientes a las cripto (ganancias y pérdidas patrimoniales, rendimientos del capital mobiliario), al intentar presentar la declaración complementaria nos lance un error y no nos deje enviarla. 

Uno de los motivos de que esto ocurra puede ser que el resultado final de la declaración sea idéntico, y no tengamos que abonar una diferencia o solicitar devolución.

Si este es el caso, desde hacienda me recomiendan presentar un escrito solicitando la rectificación del ejercicio correspondiente, adjuntando aquellos justificantes que ayuden a esclarecer el concepto. Una vez presentados, la agencia tributaria examinará y procederá a rectificar las declaraciones y nos notificará con lo que se haya hecho.

De esta forma se puede rectificar sin problemas ejercicios anteriores pendientes.

Saludines!

 

Antes de hablar, piensa, pero antes de pensar, lee.
Fran Lebowitz
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